Última actualización: julio 2026 | Equipo Laboral de Nexo Legal
Desde el 15 de julio de 2026, la jornada laboral en Colombia bajó de 44 a 42 horas semanales, el último paso de la Ley 2101 de 2021. El divisor mensual para calcular la hora ordinaria pasó de 220 a 210 horas, sin que esto pueda traducirse en una reducción del salario del trabajador. Si tu empresa todavía liquida horas extra, recargos o prestaciones con el divisor anterior, hay un riesgo real de sanción del Ministerio del Trabajo y de demandas laborales.
Este artículo explica, con la normativa oficial en mano, qué debe cambiar exactamente en tu nómina esta semana — no en una fecha futura, ya es obligatorio.
Tabla de Contenido
- Qué dice la Ley 2101 de 2021 sobre la jornada laboral en Colombia
- El cambio real: divisor de 220 a 210 horas
- Cómo queda el pago de horas extra desde el 15 de julio de 2026
- Recargo nocturno y dominical: el otro cambio que se cruza con la jornada
- Qué otros conceptos de nómina se ven afectados
- Riesgos si tu empresa no ajusta a tiempo
- Checklist: qué revisar en tu nómina esta semana
- Preguntas frecuentes
Qué Dice la Ley 2101 de 2021 sobre la Jornada Laboral en Colombia
La Ley 2101 de 2021, expedida por el Congreso de la República, redujo la jornada máxima legal de forma gradual: de 48 horas semanales a 47 en julio de 2023, a 46 en julio de 2024, a 44 en julio de 2025 y, finalmente, a 42 horas semanales desde el 15 de julio de 2026. Fuente oficial: Secretaría del Senado — Ley 2101 de 2021.
La jornada de 42 horas se puede distribuir en 5 o 6 días a la semana, con al menos un día de descanso obligatorio, y un máximo de 9 horas diarias sin que las horas adicionales dentro de ese límite generen recargo de hora extra. La ley es clara en un punto que muchas empresas pasan por alto: la reducción de horas no puede implicar una reducción del salario del trabajador.
Quedan por fuera de este límite general los trabajadores clasificados como de dirección, confianza o manejo (cargos con autonomía real sobre su tiempo), que tienen un régimen distinto. Esa clasificación depende de las funciones reales del cargo, no solo del título — confírmalo con tu asesor laboral antes de asumir que un empleado queda exento.
El Cambio Real: Divisor de 220 a 210 Horas
El ajuste que más afecta la nómina no es la jornada en sí — es el divisor que se usa para calcular el valor de la hora ordinaria. Antes, con 44 horas semanales, el divisor mensual era de 220 horas. Con 42 horas semanales, el nuevo divisor es de 210 horas.
| Concepto | Antes (44h/semana) | Ahora (42h/semana, desde 15 jul 2026) |
|---|---|---|
| Divisor mensual | 220 horas | 210 horas |
| Fórmula hora ordinaria | Salario mensual ÷ 220 | Salario mensual ÷ 210 |
| Efecto | — | El valor de cada hora ordinaria sube, aunque el salario mensual se mantenga igual |
Como el salario mensual no cambia pero ahora se divide entre menos horas, el valor de la hora ordinaria aumenta. Esto no es opcional ni gradual: si tu sistema de nómina sigue usando 220 como divisor, cada liquidación de horas extra, recargos y prestaciones a partir del 15 de julio está mal calculada.
Cómo Queda el Pago de Horas Extra desde el 15 de Julio de 2026
Las 2 horas que antes se consideraban parte de la jornada ordinaria (entre 42 y 44 horas semanales) ahora se pagan como horas extra:
- Hora extra diurna: recargo del 25% sobre el valor de la hora ordinaria (ya recalculada con el divisor de 210).
- Hora extra nocturna: recargo del 75% sobre el valor de la hora ordinaria.
Esto significa que cualquier trabajador que siga cumpliendo un horario pensado para 44 horas semanales está, en la práctica, generando horas extra desde la hora 43 en adelante — y esas horas tienen que aparecer liquidadas así en la nómina, no como jornada ordinaria.
Recargo Nocturno y Dominical: el Otro Cambio que se Cruza con la Jornada
El mismo semestre trajo otro ajuste que se combina con este: desde el 1 de julio de 2026, el recargo por trabajar en domingo o festivo subió del 80% al 90%, según el artículo 14 de la Ley 2466 de 2025. Fuente oficial: Función Pública — Gestor Normativo, Ley 2466 de 2025.
Si un trabajador labora en horario nocturno un domingo o festivo, el recargo nocturno (35%) se suma al recargo dominical (90%), para un total del 125% sobre el valor de la hora ordinaria — ya calculada con el nuevo divisor de 210 horas. Los dos cambios (jornada y recargo dominical) entraron en vigencia con dos semanas de diferencia, lo que ha generado confusión real en varias empresas sobre cuál divisor y cuál porcentaje aplicar primero. Profundizamos en el cálculo completo en nuestra guía de recargos 2026 en Colombia.
Qué Otros Conceptos de Nómina se Ven Afectados
El cambio de divisor no solo afecta las horas extra. También impacta:
- Prima de servicios — se liquida sobre el salario, pero el valor/hora de referencia para ajustes proporcionales cambia.
- Cesantías e intereses a las cesantías — mismo efecto de recálculo del valor/hora.
- Vacaciones — si se liquidan proporcionalmente por horas trabajadas.
- Aportes a seguridad social y parafiscales — la base de cotización no cambia por este ajuste, pero sí puede verse afectada si cambian los valores de horas extra y recargos que hacen parte del salario.
Si además tu empresa maneja personal por prestación de servicios, conviene revisar en paralelo si esos contratistas realmente cumplen los criterios para no ser tratados como relación laboral — la Ley 2466 de 2025 endureció esa prueba. Lo explicamos en nuestra guía sobre contratista o empleado en Colombia.
Riesgos si tu Empresa No Ajusta a Tiempo
Un empleador que exceda las 42 horas ordinarias sin pagar la hora extra correspondiente, o que siga usando el divisor de 220 horas para liquidar, se expone a:
- Inspección del Ministerio del Trabajo, que puede revisar registros de horario y entrevistar directamente a los trabajadores para verificar el cumplimiento — ver nuestro análisis de las inspecciones activas del Mintrabajo.
- Multas administrativas por incumplimiento de la jornada máxima legal.
- Demandas laborales de trabajadores que reclamen el pago retroactivo de horas extra mal liquidadas desde el 15 de julio de 2026.
- Cruce de información de la UGPP entre lo reportado en nómina electrónica y los nuevos porcentajes de recargo vigentes — un cruce que puede generar requerimientos meses después, no solo en el momento de la inspección.
Checklist: Qué Revisar en tu Nómina Esta Semana
- Confirma que el divisor mensual usado por tu proveedor de nómina ya sea 210 horas, no 220.
- Verifica que las horas trabajadas entre la 43 y la 44 semanal se estén liquidando como hora extra, no como jornada ordinaria.
- Revisa que el recargo dominical y festivo esté al 90%, no al 80% anterior.
- Si hay turnos nocturnos en domingo o festivo, confirma que el sistema sume correctamente 35% + 90% = 125%.
- Ajusta los horarios de turno para que no superen las 42 horas semanales sin generar hora extra automáticamente.
- Documenta el cambio (circular interna, otrosí si aplica) para tener respaldo ante una eventual inspección. Puedes apoyarte en nuestro checklist mensual de cumplimiento empresarial para no dejar cabos sueltos en otros frentes.
Preguntas Frecuentes
¿Desde cuándo rige la jornada de 42 horas en Colombia?
Desde el 15 de julio de 2026, según el cronograma de reducción gradual establecido en la Ley 2101 de 2021.
¿La reducción de la jornada puede bajar mi salario?
No. La ley es explícita: la reducción de la jornada laboral no puede traducirse en una disminución del salario del trabajador.
¿Cuál es el nuevo divisor para calcular la hora ordinaria?
210 horas mensuales, en reemplazo del divisor de 220 horas que aplicaba con la jornada de 44 horas.
¿Qué pasa si mi empresa sigue liquidando con el divisor anterior?
Cada liquidación de horas extra, recargos y prestaciones calculada con el divisor de 220 horas después del 15 de julio de 2026 está mal calculada, y expone a la empresa a reclamaciones laborales y sanciones del Ministerio del Trabajo.
¿El recargo dominical del 90% es parte de la misma reforma?
Es una reforma relacionada pero distinta: el recargo dominical al 90% viene del artículo 14 de la Ley 2466 de 2025 y entró en vigencia el 1 de julio de 2026, dos semanas antes que la jornada de 42 horas.
¿La jornada de 42 horas aplica igual a empresas colombianas y a filiales de empresas extranjeras?
Sí. La Ley 2101 de 2021 aplica a toda relación laboral regida por el Código Sustantivo del Trabajo colombiano, sin importar el origen del capital de la empresa empleadora.
¿Qué pasa si un trabajador ya tenía un horario de 42 horas antes de la ley?
No hay cambio operativo en su jornada, pero sí conviene revisar que el divisor usado en su nómina ya refleje las 210 horas, para que el valor de la hora ordinaria esté correctamente actualizado.


