Desde el 1 de junio de 2025 entró en vigor el Decreto 572 de 2025, que trae cambios importantes para las personas jurídicas en Colombia.
¿En resumen? Ahora es más fácil quedar sujeto a retención en la fuente, y aumentaron las tarifas de autorretención para muchos sectores.
A continuación te explicamos, en palabras claras, qué cambió y cómo puede impactarte.
¿Qué cambió con la retención en la fuente?
Una de las principales modificaciones del decreto es que se redujeron las bases mínimas para aplicar retención en la fuente.
Eso significa que con montos más bajos, ya se debe practicar la retención. Esto aplica, por ejemplo:
- Servicios: la base antes era de $199,000 y ahora quedó en $100,000 COP. Tarifa: 4%
- Compras generales: base antes: $1,345,000 → ahora: $498,000 COP. Tarifa: 2.5%
- Bienes raíces para uso de vivienda: base antes: $995,980,000 → ahora: $497,990,000 COP. Tarifa: 1% o 2.5%
En compras de café pergamino o cereza, el umbral es ahora de 70 UVT (equivalente a $3.294.550 COP en 2025).
También se ajustaron las tarifas en la compra de oro, bienes raíces y otros sectores sensibles, entre otros.
¿Y qué significa esto?
En que más operaciones estarán sujetas a retención, lo que puede afectar tu flujo de caja si no haces la planeación adecuada.
¿Y qué pasó con las autorretenciones?
Si eres autorretenedor (es decir, te practicas tú mismo la retención a título de impuesto de renta), este decreto también te afecta.
Se establecieron nuevas tarifas de autorretención por actividad económica, agrupadas en lo que el decreto llama “grupos tarifarios”.
Algunas de las principales actividades impactadas son:
- Agricultura, ganadería, pesca y minería
- Actividades manufactureras e industriales
- Comercio al por mayor y menor
- Servicios profesionales, técnicos, financieros y de consultoría
- Construcción, transporte, hotelería y turismo
En muchos casos, las tarifas subieron porque el Gobierno identificó que la autorretención actual no estaba cubriendo el impuesto real a cargo.
Es decir, las empresas estaban pagando menos durante el año y dejando mucho para el cierre fiscal, lo que afectaba el recaudo del Estado.
Con esta medida, se busca que los contribuyentes paguen mes a mes de forma más proporcional a sus ingresos reales, evitando acumulaciones de impuestos al final del año.
¿Por qué lo están haciendo?
Este ajuste no es casual. El Gobierno está buscando:
- Mejorar la eficiencia del recaudo (que el impuesto se pague mientras se genera, no un año después).
- Reducir la evasión y los abusos por arbitraje de tarifas.
- Lograr que sectores con buen desempeño económico, como el agrícola o el exportador, aporten proporcionalmente más.
- Hacer que el sistema sea más justo entre actividades similares, agrupándolas bajo la misma tarifa.
¿Qué efectos puede tener en tu empresa?
- Mayor retención en facturas: Si antes tus clientes no te retenían porque no superabas el umbral, ahora probablemente lo harán.
- Más flujo de caja comprometido: Como autorretenedor, podrías ver que mes a mes estás pagando más de lo que venías pagando antes.
- Mayor vigilancia tributaria: El cruce de información será más estricto entre lo que retienes y lo que realmente declaras.
- Increased tax oversight: There will be stricter data cross-checking between what you withhold and what you actually declare
Entonces… ¿qué deberías hacer?
👉 Revisa tu actividad económica registrada en el RUT y compárala con el listado oficial de tarifas.
👉 Ajusta tus presupuestos de 2025 para contemplar estos nuevos porcentajes.
👉 Haz planeación tributaria: te puede ahorrar dolores de cabeza en el cierre fiscal de 2025 y el anticipo de 2026.
En Nexo Legal, te ayudamos a:
✅ Revisar tu clasificación económica actual
✅ Determinar si tu tarifa de autorretención cambió
✅ Ajustar tu facturación y tus prácticas contables
✅ Prepararte para los efectos de este decreto en tu flujo de caja y tus declaraciones
📩 Si tienes dudas o necesitas apoyo personalizado, escríbenos.
Estamos listos para ayudarte a cumplir —sin sorpresas— y a optimizar tu carga tributaria.
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