¿Te pueden cancelar el RUT sin que te enteres? La DIAN dice que sí (y esto es lo que necesitas saber)

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¿Tienes una empresa o estás inscrito en el RUT, pero llevas años sin moverlo? La DIAN acaba de emitir una nueva resolución que podría dejarte por fuera... sin que siquiera lo solicites.

¿Tienes una empresa o estás inscrito en el RUT, pero llevas años sin moverlo?

La DIAN acaba de emitir una nueva resolución que podría dejarte por fuera... sin que siquiera lo solicites.


Y no, no es una exageración.

Desde el 1 de enero del próximo año, entrará en vigencia una norma que autoriza la cancelación automática del RUT por inactividad tributaria.


Si llevas más de cinco años sin reportar movimientos, podrías ser eliminado del sistema… aunque aún tengas obligaciones pendientes.

Aquí te contamos, sin tecnicismos, qué significa esta medida, a quién aplica y cómo evitar (o revertir) una cancelación de oficio.

1¿Qué es la cancelación de oficio del RUT?

Es una medida automática que toma la DIAN para depurar su base de datos.

Si detectan que un contribuyente no ha tenido ningún tipo de actividad tributaria en cinco años consecutivos, le cancelan el RUT sin necesidad de notificación previa (más allá del acto administrativo correspondiente).

Esta cancelación no elimina tus obligaciones, solo te saca del sistema activo, lo que puede traerte complicaciones si en algún momento quieres volver a operar.

¿Qué se considera “inactividad tributaria”?

Si durante los últimos cinco años:
No has actualizado el RUT
No has presentado declaraciones
No has hecho pagos a la DIAN
Nadie ha reportado información exógena sobre ti (por ejemplo, bancos o clientes)
No has emitido ni recibido facturas electrónicas
No has solicitado numeración de facturación
No tienes deudas con la DIAN
No estás involucrado en procesos administrativos, judiciales o penales con la entidad

… entonces, para efectos tributarios, estás completamente inactivo. Y la DIAN puede cancelar tu RUT sin necesidad de que lo pidas.

¿A quién NO se le puede cancelar el RUT?

La norma incluye algunas excepciones importantes. No se aplicará esta cancelación automática a: not apply to:
Sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia
Inversionistas extranjeros personas naturales
Juntas de acción comunal
Cabildos y comunidades indígenas o negras
Entidades públicas, superintendencias, Cruz Roja, asociaciones comunitarias, padres de familia, hogares comunitarios, entre otros.

En otras palabras, si perteneces a uno de estos grupos, podrías estar inactivo pero seguir registrado.

¿Cómo será el procedimiento?

La DIAN seguirá un proceso en tres fases:

I. Identificación

Primero revisan todos los RUT que no han tenido actualizaciones. Luego verifican las otras causales de inactividad.

II. Expedición y notificación

Una vez verificado el caso, se emite un acto administrativo ordenando la cancelación y se notifica al contribuyente con las razones.

III. Inclusión e informe

Finalmente, se registra la cancelación en el sistema y se remite un informe interno con todos los datos.

Todo este proceso es interno, rápido y sin intervención directa del contribuyente.

¿Se puede reactivar el RUT?

Sí. Si tu RUT fue cancelado por inactividad y quieres volver a operar, puedes solicitar la reactivación en cualquier momento.

Eso sí: tendrás que ponerte al día con todas las obligaciones omitidas (declaraciones, pagos, reportes). Y si la DIAN detecta que aún tienes pendientes, puede ordenar tu reactivación de oficio para ejecutar los procesos correspondientes.

¿Desde cuándo aplica?

La resolución entra en vigencia el 1 de enero del próximo año y deroga la norma anterior (Resolución 000206 de 2023). Cualquier proceso que ya esté en curso bajo esa resolución seguirá su curso normal hasta cerrarse.

Entonces… ¿esto me afecta?

Depende.

Si llevas cinco años o más sin mover tu RUT (ni una declaración, ni una factura, ni una actualización)… sí, podrías quedar por fuera del sistema.

Y aunque suene como algo sin consecuencias, recuerda: si tienes obligaciones pendientes, siguen vigentes.

La cancelación del RUT no te exonera de cumplirlas.

¿Qué puedo hacer?

👉 Revisa el estado de tu RUT hoy mismo. 👉 Actualízalo si estás activo o planeas volver a operar. 👉 Consulta con tu contador o con nosotros si tienes dudas sobre tu situación.

¿Quieres saber si podrías estar en la lista de cancelación? Escríbenos.


Hacemos una revisión completa de tu RUT y te asesoramos paso a paso.

 

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Después de llenar y enviar el formulario, tu caso pasa por una revisión integral por parte de nuestro equipo de especialistas para evaluar su viabilidad. Recuerda que proporcionar información clara y concisa sobre tus objetivos acelera este proceso.

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