Matrimonio en Colombia 2025: Guía completa para casarse

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Casarse en Colombia no solo es sencillo, sino que también puede ser una experiencia muy especial, tanto para parejas colombianas como para extranjeras.

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Casarse en Colombia no solo es sencillo, sino que también puede ser una experiencia muy especial, tanto para parejas colombianas como para extranjeras.

Aquí, los trámites son claros, el marco legal es inclusivo, y el país ofrece escenarios increíbles para celebrar, desde bodas íntimas hasta grandes ceremonias llenas de tradición.


En esta guía completa te voy a contar todo lo que necesitas saber para casarte en Colombia en 2025: los tipos de matrimonio que existen, sus requisitos, cómo es casarse con un extranjero, cómo registrar un matrimonio celebrado fuera del país, qué es la unión libre y cómo se declara, e incluso qué opciones tienes si buscas una visa de cónyuge.

Así que, si estás planeando dar este gran paso, ponte cómodo… ¡y comencemos!

Tipos de matrimonio en Colombia y aspectos culturales

En Colombia existen dos caminos principales para formalizar legalmente una unión matrimonial con validez civil: el matrimonio civil y el matrimonio religioso. Ambos tienen el mismo valor jurídico siempre que se cumpla con el registro correspondiente.

Matrimonio civil

Es el que se celebra ante un notario o un juez civil. La ceremonia es sencilla, rápida y completamente legal. Cualquier pareja, sin importar su orientación sexual o identidad de género, puede casarse por lo civil en Colombia.

Es la opción más común, sobre todo:

  • Cuando uno de los contrayentes es extranjero.
  • Cuando se busca una ceremonia más íntima y práctica.
  • Cuando la prioridad es la seguridad jurídica y la rapidez del trámite.

Muchos extranjeros optan por esta vía porque, con la documentación correcta, el proceso es bastante ágil.

Matrimonio religioso con efecto civil

En Colombia, muchas parejas sueñan con una boda religiosa, especialmente bajo el rito católico, por la fuerte tradición cultural que existe.

Lo interesante es que un matrimonio católico —y el de ciertas otras iglesias reconocidas— puede tener los mismos efectos civiles que uno civil, siempre que se cumpla con un paso clave: registrar el acta religiosa en el registro civilante una notaría o en la Registraduría.

El Estado colombiano reconoce los matrimonios celebrados por la Iglesia Católica y por varias iglesias cristianas que han firmado convenios con él. Esto significa que:

  • Si te casas por una iglesia reconocida y registras el matrimonio, legalmente es equivalente a un matrimonio civil.
  • Si lo haces por una iglesia no reconocida o no registras el acta, el matrimonio no tendrá validez legal hasta que se formalice por la vía civil o notarial.

En la práctica, en la cultura colombiana es muy común tener la ceremonia religiosa seguida de una gran celebración familiar. Pero, aunque la fiesta sea lo más recordado, el registro legal es el que te da los derechos y obligaciones como cónyuge.

Unión marital de hecho (unión libre)

Es la alternativa para las parejas que conviven de forma permanente pero no quieren o no pueden casarse.

Aunque no es un “matrimonio” formal, declararla sí te otorga derechos similares al matrimonio en temas de patrimonio, seguridad social e incluso herencia.

En Colombia, si una pareja convive, puede acudir a un notario o juez para declarar su unión marital de hecho y así obtener el reconocimiento legal como compañeros permanentes.

Más adelante en esta guía hablaremos en detalle sobre cómo funciona, cuáles son sus beneficios y qué requisitos tiene.

Matrimonio igualitario

Desde 2016, en Colombia las parejas del mismo sexo tienen el derecho de casarse con las mismas garantías que cualquier otra pareja.

Pueden hacerlo por lo civil o, si así lo desean, bajo ritos religiosos de congregaciones que acepten unir parejas LGBT.

Adicionalmente:

  • Pueden declarar uniones libres con la misma validez que las heterosexuales.
  • Este reconocimiento está respaldado por sentencias de la Corte Constitucional.

Colombia fue pionera en Latinoamérica en garantizar este derecho, lo que la convierte en un destino muy amigable para parejas LGBT que quieren formalizar su relación.

¿Cuáles son los requisitos para casarse por lo civil en Colombia?

El matrimonio civil en Colombia se lleva a cabo principalmente en notarías, y el proceso es relativamente ágil si se cuenta con la documentación correcta.

Para ciudadanos colombianos, los requisitos son básicos:

  • Copia reciente del registro civil de nacimiento (máximo 3 meses de expedición).
  • Cédula de ciudadanía vigente.
  • En caso de haber estado casado antes: documentos que prueben la disolución o terminación del matrimonio anterior (registro civil con nota de divorcio o de defunción del cónyuge fallecido).
  • Solicitud de matrimonio ante la notaría, manifestando la voluntad de casarse y declarando no tener impedimentos legales.

Cuando uno o ambos contrayentes son extranjeros, se requieren documentos adicionales:

  • Documento de identificación: Pasaporte vigente (con sello de entrada al país) o cédula de extranjería si aplica. Es importante haber ingresado legalmente; algunas notarías pueden pedir el certificado de movimientos migratorios.
  • Registro civil de nacimiento: Emitido en los últimos 90 días. Si es extranjero, debe estar apostillado o legalizado y traducido oficialmente al español.
  • Certificado de soltería o declaración juramentada: Puede ser emitido por la autoridad del país de origen o por su consulado/embajada en Colombia. Si no existe este certificado en el país de origen, se hace una declaración ante notario en Colombia. Debe estar apostillado/legalizado y traducido si aplica.
  • Prueba de estado civil anterior: Para divorciados, el registro civil con anotación de divorcio o sentencia ejecutoriada; para viudos, el registro civil de defunción del cónyuge.
  • Identificación de testigos: Dos testigos mayores de edad no familiares cercanos. Algunas notarías solicitan copias de sus documentos con antelación.
  • Solicitud y declaración jurada: Formulario en la notaría con datos personales, declaración de no tener impedimentos legales y, si hay hijos comunes, para legitimar.
  • Traducciones y traductor oficial: Todo documento en idioma distinto al español debe ir con traducción oficial. Si el extranjero no domina el español, es obligatorio un traductor oficial durante la ceremonia, quien firmará la escritura.

Importante: Los requisitos pueden variar ligeramente según la notaría. Por eso, siempre consulta directamente con la que elijas, y presenta todo con suficiente antelación (especialmente documentos extranjeros que requieran apostilla y traducción).

¿Quién fija la fecha del matrimonio civil en Colombia?

Una vez entregues toda la documentación, el notario revisará que todo cumpla con los requisitos legales.

Si está todo en orden, coordinará contigo y tu pareja la fecha y hora de la ceremonia, según la disponibilidad que tenga en su agenda.

En ciudades grandes, es común que haya lista de espera de algunos días o incluso semanas, así que lo mejor es presentar los documentos con anticipación para no correr.

La ceremonia puede hacerse directamente en la notaría o, si lo prefieres y pagas un costo adicional, en un lugar externo.

La ceremonia puede hacerse directamente en la notaría o, si lo prefieres y pagas un costo adicional, en un lugar externo.

El día del matrimonio deberán estar presentes ustedes dos (los novios) y dos testigos, todos con sus documentos originales. El notario leerá la escritura pública matrimonial, les pedirá su consentimiento, y luego de las firmas, el matrimonio quedará inscrito en el registro civil. Desde ese momento podrás pedir copias oficiales de este documento.

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales y son válidas internacionalmente?

Las capitulaciones matrimoniales —o prenuptial agreements en inglés— son acuerdos que se firman antes de casarse para dejar claro cómo se manejarán y repartirán los bienes que tengan ahora y los que adquieran en el futuro.

En Colombia, si no se firman capitulaciones, automáticamente se crea la sociedad conyugal (régimen de comunidad de bienes). Esto significa que todo lo que compren o adquieran durante el matrimonio será de ambos y, en caso de divorcio, se divide por partes iguales, sin importar quién lo pagó.

Tener capitulaciones ayuda a evitar confusiones, discusiones y problemas al momento de administrar o repartir bienes. Es especialmente útil si alguno de los dos tiene patrimonio previo, negocios propios o bienes en el extranjero.

Tipos de capitulaciones en Colombia

  • Exclusión total de bienes: No se forma sociedad conyugal; cada persona conserva el control total de su patrimonio antes y durante el matrimonio.
  • Exclusión parcial: Se acuerda que solo ciertos bienes estarán fuera de la sociedad conyugal, mientras que otros se manejarán de manera conjunta.

¿Cuándo y cómo se hacen?

Se firman antes del matrimonio y siempre ante notario, mediante escritura pública.

En la escritura se detalla el régimen económico acordado, cómo se manejarán los bienes, las deudas y cualquier otra condición patrimonial.

Importante: Una vez casados ya no es posible firmar capitulaciones. Si quieren hacer cambios después, deberán usar otras figuras jurídicas que la ley permita.

Legal Validity in Colombia

Si se hacen correctamente ante notario, las capitulaciones son totalmente válidas y exigibles en Colombia.

En caso de divorcio o fallecimiento, las autoridades respetarán lo que se haya pactado al momento de repartir bienes.

Validez internacional

Aquí hay que tener cuidado:

Cada país tiene sus propias leyes para reconocer acuerdos prenupciales firmados en el extranjero.

Un acuerdo válido en Colombia no siempre será reconocido fuera del país; puede que necesites homologarlo o firmar uno nuevo adaptado a las leyes locales.

Si planeas vivir o tener bienes en varios países, lo más recomendable es firmar acuerdos equivalentes en cada jurisdicción relevante.

En la práctica, si una pareja con capitulaciones colombianas se divorcia en otro país, el juez local podría aplicar su propia ley y no respetar el acuerdo colombiano si hay conflictos legales. Por eso, es fundamental buscar asesoría legal internacional si quieres que tu acuerdo se respete fuera de Colombia.

¿Se pueden modificar después del matrimonio?

Sí, pero ya no se llaman capitulaciones.

Cualquier cambio posterior también debe hacerse mediante escritura pública ante notario, usando las figuras jurídicas que la ley contemple para modificar el régimen patrimonial una vez casados.

Diferencia entre separación de bienes y capitulaciones

  • Separación de bienes: Régimen económico en el que cada cónyuge administra su patrimonio de forma independiente y no existe sociedad conyugal.
  • Capitulaciones matrimoniales: El instrumento legal que se utiliza antes de casarse para establecer la separación de bienes u otro régimen acordado.

¿Cuánto cuesta casarse civilmente en Colombia?

Casarse por lo civil en Colombia es un trámite sencillo, rápido y, comparado con otros países, bastante económico.La mayoría de las ceremonias se realizan en notarías, aunque también existe la opción de hacerlas fuera de ellas.

Tarifas oficiales 2025 (Notaría 19 de Bogotá)

  • En la notaría: $61.600 COP (sesenta y un mil seiscientos pesos).
  • A domicilio: $166.300 COP (ciento sesenta y seis mil trescientos pesos).

Estos valores se fijaron según la resolución que ajusta las tarifas al Índice de Precios al Consumidor (IPC) de 2024, y aplican en todo el país desde el 1 de febrero de 2025.

Requisitos básicos para el matrimonio civil

Para casarte por lo civil, necesitarás:

  • Copia auténtica y reciente del registro civil de nacimiento de ambos (máximo 90 días de vigencia).
  • Fotocopia de las cédulas de ciudadanía (o pasaporte/cédula de extranjería si uno es extranjero).
  • Declaración juramentada donde conste que no tienes impedimentos legales para casarte.
  • Si alguno es divorciado o viudo, la sentencia de divorcio o el registro civil de defunción del cónyuge anterior.

💡 Note: Each notary may request additional documentation in special cases, such as marriages with foreigners or when the process is carried out through a power of attorney.

Otros puntos a considerar sobre los costos

  • Variaciones por ciudad o notaría: Aunque las tarifas base son unificadas, algunas notarías suman pequeños cargos administrativos (copias, formularios, autenticaciones). Si ves un valor muy superior, probablemente incluya servicios extra, como ceremonia fuera de la notaría o traductor.
  • Matrimonio ante juez civil: En teoría es gratuito, pero no es muy común. Aun así, deberás protocolizar el acta en una notaría, lo que cuesta aproximadamente $61.600 COP.
  • Gastos para extranjeros: Apostilla y traducción de documentos, y en algunos casos el desplazamiento de un traductor oficial.
  • Costo relativo: El trámite legal en sí es económico; lo que encarece el evento suele ser la celebración, no el proceso civil.

¿Pueden las parejas del mismo sexo casarse civilmente en Colombia?

¡Sí, claro que sí! En Colombia, las parejas del mismo sexo tienen exactamente los mismos derechos para casarse que las parejas heterosexuales.

Esto es gracias a la Corte Constitucional, que en 2016 ordenó a todas las notarías y jueces permitir y celebrar matrimonios igualitarios.

Desde entonces, cientos de parejas homosexuales han dicho “sí, acepto” en ceremonias civiles por todo el país.

Requisitos y trámites

No hay ningún requisito extra ni especial por la orientación sexual.

Los documentos y el procedimiento son los mismos que en cualquier matrimonio civil:

  • Las notarías y oficinas públicas no pueden negarse ni poner obstáculos; de hecho, están obligadas a prestar el servicio en igualdad de condiciones.

Antes de 2016, las parejas del mismo sexo solo podían formalizarse mediante unión de hecho o figuras como la sociedad patrimonial.

Pero hoy el matrimonio igualitario tiene todos los efectos civiles plenos:

  • Derechos sucesorios
  • Beneficios de seguridad social (por ejemplo, afiliar a tu cónyuge al sistema de salud)
  • Posibilidad de tramitar visa de cónyuge para extranjeros
  • Adopción conjunta bajo las mismas condiciones que parejas heterosexuales.

Matrimonio con un extranjero: ¿cómo funciona cuando una de las partes es extranjera?

Si tú o tu pareja son de diferentes nacionalidades, probablemente te estés preguntando si es complicado casarse en Colombia.

La respuesta corta es: no lo es. Colombia no pone trabas a los matrimonios mixtos (colombiano con extranjero) ni tampoco a los matrimonios entre dos extranjeros celebrados en el país.

El procedimiento es prácticamente el mismo que para cualquier matrimonio civil, con algunos detalles adicionales que debes tener en cuenta.

Aspectos clave si te casas con un extranjero en Colombia:

  • Documentos apostillados y traducidos: El extranjero debe presentar su registro de nacimiento, certificado de soltería o de divorcio, todos apostillados desde su país de origen. Si algún documento no existe en su sistema (por ejemplo, no hay certificado de soltería), se puede suplir con una declaración jurada en su consulado. Todo debe traducirse al español por un traductor oficial.
  • Estatus migratorio: El extranjero puede casarse como turista, pero debe encontrarse legalmente en el país. Algunas notarías incluso solicitan un certificado de movimientos migratorios.
  • Idioma: Si no habla español, es obligatorio contar con un traductor oficial en la ceremonia.
  • Notaría con experiencia: Es recomendable elegir una notaría en una ciudad grande, acostumbrada a manejar trámites con extranjeros.
  • Nombres en el registro: Se inscriben tal cual aparecen en los documentos originales, así que es importante revisarlos con cuidado para evitar problemas después.

En resumen, casarse en Colombia siendo una pareja binacional es totalmente viable. Lo más importante es reunir bien la documentación, tener paciencia con el papeleo internacional y elegir una notaría que te inspire confianza.

Colombia recibe con los brazos abiertos a las parejas internacionales. De hecho, cada año llegan muchas para celebrar su boda aquí, ya sea porque uno es colombiano o porque quieren una destination wedding en un país con paisajes y cultura únicos.

💡 Key tip: After getting married, the foreign spouse will receive a Colombian civil marriage record, which will be useful when applying for a spouse visa (a topic we will cover later).

Matrimonios celebrados en el exterior: ¿cómo darles validez en Colombia?

Ahora, cambiemos de escenario: ya estás casado, pero la boda fue en otro país.

¿Qué pasa si quieres que ese matrimonio sea reconocido legalmente en Colombia?

Esto es muy común, por ejemplo, si dos colombianos residentes en el exterior se casan allá, o si un colombiano se casa con un extranjero en el país de origen de este último.

La ley colombiana sí reconoce matrimonios civiles celebrados en el exterior, pero para que tengan efectos legales aquí, deben registrarse en Colombia mediante un proceso llamado protocolización o registro de matrimonio extranjero.

Documentos para registrar en Colombia un matrimonio celebrado en el extranjero:

  • Certificado o acta de matrimonio extranjera: Copia original reciente (menos de 3 meses), apostillada o legalizada y traducida al español si está en otro idioma.
  • Registros civiles de nacimiento de ambos: Si son colombianos, actualizados; si son extranjeros, apostillados y traducidos.
  • Documentos de identificación:Documentos de identificación: Colombiano con cédula, extranjero con pasaporte vigente (si el trámite es en Colombia, incluir sello de ingreso).
  • Anexos opcionales: Copia autenticada de capitulaciones (si existieron) y registros de nacimiento de hijos en común, también apostillados y traducidos si vienen del exterior.

Con todo esto listo, la notaría o registraduría inscribirá el matrimonio en el registro civil colombiano.

Esto significa que se anotará en el registro de nacimiento del cónyuge colombiano y se creará un registro civil de matrimonio oficial en los archivos nacionales.

Preguntas frecuentes sobre este tema

  • ¿Importa de qué país vengamos casados? No. Colombia reconocerá matrimonios civiles de cualquier país —España, Estados Unidos, México, Francia o incluso destinos más exóticos— siempre que el certificado esté debidamente apostillado. Lo único que no se reconoce son ceremonias que no tengan validez civil en su país de origen (por ejemplo, un rito religioso que allá no otorgue estado civil).
  • ¿Y si el matrimonio en el extranjero es entre personas del mismo sexo? También se reconoce. Desde 2016, Colombia inscribe matrimonios igualitarios celebrados en países donde sean legales. La notaría no puede negarse; el proceso es el mismo, pero al menos uno de los cónyuges debe ser colombiano para registrarlo aquí. Si dos extranjeros sin nacionalidad colombiana se casaron fuera, en principio no hay razón para registrarlo en Colombia, ya que el país solo lleva registro civil de sus nacionales.
  • ¿Qué pasa con los bienes al registrar un matrimonio del exterior? Si dos colombianos se casaron en el extranjero y luego registran su matrimonio en Colombia, se presume separación de bienes salvo que adjunten capitulaciones que indiquen lo contrario. Esto se debe a que en el exterior quizá no se constituyó sociedad conyugal. En la práctica, lo importante es que, una vez registrado, tu estado civil será “casado” en Colombia. Si quieren modificar el régimen económico (por ejemplo, establecer sociedad conyugal), deberán hacerlo mediante capitulaciones antes de registrar o, en algunos casos, después a través de notaría o juez.

Visa de Matrimonio (Visa Tipo M Cónyuge de Colombiano)

Ya que hablamos de parejas binacionales, pasemos al paso siguiente: la visa de cónyuge.

Cuando un colombiano se casa con un extranjero, este último puede solicitar la Visa Tipo M (Migrante) en la categoría Cónyuge de Nacional Colombiano, conocida también como “visa de matrimonio”.

Esta visa permite vivir, trabajar y avanzar hacia la residencia permanente en Colombia.

¿Cuánto tarda el trámite?

Normalmente, la Cancillería responde en 15 a 30 días calendario desde que se presenta la solicitud completa en línea. En muchos casos, la aprobación llega en 2 a 4 semanas.

Si la autoridad solicita documentos adicionales, entrevistas o pruebas de la relación, el tiempo se extenderá hasta que entregues lo requerido.

Por eso, presentar todo bien desde el inicio es clave para evitar demoras.

Una vez aprobada, deberás dejar el pasaporte para el estampado de la visa antes de viajar fuera de Colombia.

¿Puedo solicitar la Visa M de matrimonio inmediatamente después de casarme?

Sí. En cuanto tengas tu registro civil de matrimonio colombiano (expedido en los últimos 3 meses) puedes iniciar la solicitud en línea. No existe un tiempo mínimo de espera tras casarse.

Si el registro tiene más de 90 días, deberás pedir una copia actualizada en la notaría o registraduría antes de aplicar.

Además del registro civil, se requiere:

  • Carta firmada por el cónyuge colombiano solicitando la visa y declarando la convivencia, con sus datos de contacto.
  • Copia de la cédula del cónyuge.cédula).
  • Certificados de movimientos migratorios de ambos.
  • Poder especial si aplica.

¿Puedo trabajar en Colombia con la Visa M Cónyuge?

¡Sí! Esta visa otorga permiso de trabajo abierto, lo que significa que puedes realizar cualquier actividad laboral lícita en Colombia:

  • Trabajar como empleado.
  • Ser independiente.
  • O incluso montar tu propio negocio.

Y lo mejor: no necesitas trámites adicionales para hacerlo.

Eso sí, debes cumplir con las leyes laborales: contrato, prestaciones y afiliación a seguridad social.

En cuanto la visa esté estampada en tu pasaporte, podrás:

  • Tramitar tu cédula de extranjería.
  • Comenzar a trabajar o emprender de inmediato.
  • Estudiar, afiliarte al sistema de salud y cotizar pensión.

¿Cuánto dura la Visa M de matrimonio y se puede re aplicar?

  • Vigencia: hasta 3 años por expedición.
  • Renovación: indefinida, siempre que el matrimonio siga vigente y cumplas los requisitos.
  • Renewal requirementsRequisitos para renovar: similares a los de la primera solicitud (registro civil reciente, carta del cónyuge, etc.).

Camino a la residencia

La Residencia Permanente (Visa R) se puede solicitar después de 5 años continuos con Visa M Cónyuge (antes eran 3).

Ojo: si dejas vencer la visa, el conteo de tiempo se reinicia.

📌 Recomendaciones:

  • Renueva al menos 2 meses antes del vencimiento.
  • La continuidad de la visa también cuenta para la nacionalidad por matrimonio:
    • 2 años si resides en Colombia.
    • 3 años 3 años si viven fuera.

¿Puedo solicitar la Visa de matrimonio desde el exterior?

Sí. No es necesario estar en Colombia para tramitarla.

In fact, the process is 100% online De hecho, el proceso es 100% en línea a través de la plataforma de la Cancillería, desde cualquier parte del mundo.

Esto es muy útil si, por ejemplo:

  • Se casaron en Colombia y luego viajaron.
  • El extranjero tuvo que salir del país después de la boda.

¿Cómo es el proceso desde fuera?

  1. Diligencias el formulario de visa en la web de Cancillería.
  2. Adjuntas todos los documentos escaneados.
  3. Pagas los derechos en línea.

Si la visa es aprobada:

  • Desde el exterior, eliges en qué consulado colombiano quieres estampar la visa en tu pasaporte.
  • Si estás en Colombia, el estampado se hace en Bogotá, en el Centro de Visas.

Detalles prácticos:

  • Puedes aplicar desde fuera siempre que ya tengas el registro civil de matrimonio colombiano (de ahí la importancia de registrar el matrimonio si fue en otro país).
  • Si aplicas desde fuera, no adjuntas la cédula de extranjería (ese requisito es solo para quienes están en Colombia).
  • El pago se puede hacer con tarjeta de crédito internacional.
  • Una vez aprobada, tienes 30 días para acercarte al consulado elegido o al Centro de Visas en Colombia para el estampado. Si no lo haces en ese plazo, la aprobación pierde validez.

Ventaja: puedes entrar a Colombia directamente con tu visa ya lista. Por ejemplo, si te casaste durante un viaje, volviste a tu país y luego quieres regresar, puedes gestionar la visa allá y volver con tu estatus migratorio en orden.

En resumen: sí se puede tramitar desde cualquier país, solo asegúrate de tener internet, toda la documentación y coordinar la cita para el estampado final.

Si me divorcio, ¿qué pasa con mi Visa M Cónyuge?

La Visa M Cónyuge depende directamente del matrimonio.

Si este se disuelve por divorcio o fallecimiento del cónyuge colombiano, la base legal de la visa desaparece y la Cancillería debe cancelarla.

Por ley, el titular extranjero debe notificar inmediatamente a la Unidad de Visas y Registro de Extranjeros de Cancillería sobre el cambio de estado civil.

No hacerlo puede traer sanciones y problemas migratorios, ya que las bases de datos de la Registraduría y Migración están conectadas.

Consecuencias del divorcio:

  • No podrás renovar la Visa M si ya no hay matrimonio vigente.
  • Tendrás que cambiar a otra categoría de visa (trabajo, inversionista, estudiante, etc.) o salir del país antes de que tu estatus se torne irregular.
  • En caso de fallecimiento del cónyuge, aplica la misma regla: cancelar la visa y buscar un nuevo estatus migratorio.

Periodo de gracia

La norma no establece un plazo fijo, pero en la práctica Cancillería puede dar unos días o semanas para que tramites otra visa o gestiones tu salida.

Excepción importante

Si ya obtuviste la Visa de Residente (R) después de cumplir los 5 años como cónyuge, el divorcio no afecta tu estatus: la residencia es un derecho independiente del vínculo matrimonial.

Recomendación: si atraviesas un divorcio y quieres seguir en Colombia, busca asesoría legal o migratoria de inmediato.

Visa M Cónyuge vs. Visa M Compañero Permanente

En Colombia hay dos visas para parejas con un colombiano:

  • Basada en matrimonio legal.
  • Basada en unión marital de hecho (compañeros permanentes).

En la práctica, ambas permiten residir y trabajar, pero hay diferencias clave:

Reconocimiento legal de la relación

  • Visa de Cónyuge: requiere registro civil de matrimonio colombiano (civil o religioso registrado).
  • Visa de Compañero Permanente: requiere prueba de unión marital de hecho declarada ante notario, juez o centro de conciliación, con mínimo 1 año de haberse formalizado antes de pedir la visa.

Tiempo de espera

  • Matrimonio: trámite inmediato; te casas hoy y puedes pedir la visa mañana.
  • Unión libre: formalizas la unión, esperas 1 año y recién ahí puedes aplicar.

Por eso muchas parejas optan por casarse formalmente para saltar ese requisito de tiempo.

Vigencia de la visa

  • Cónyuge: hasta 3 años por expedición.
  • Compañero Permanente: solo 1 año por expedición (renovación anual).

Acumulación para residencia

En ambas, el tiempo de espera para la residencia es de 5 años. La diferencia es que con cónyuge quizá solo renueves una vez, mientras que con compañero permanente debes renovar anualmente varias veces.

Compromiso legal del colombiano

En ambas visas el colombiano debe escribir una carta declarando la convivencia, pero en la unión libre se hace más énfasis en que la relación es única, estable y monogámica.

Conclusión::

  • Si ya están casados, la Visa M Cónyuge es más rápida y con menos renovaciones.
  • Si no quieren casarse, la unión libre también funciona, pero exige más tiempo y trámites.
  • Muchas parejas hacen una boda civil para agilizar el trámite y luego, si quieren, celebran su ceremonia religiosa o simbólica después.

Unión Marital de Hecho en Colombia

Ahora que hemos visto en detalle cómo funciona el matrimonio civil en Colombia, sus requisitos, costos y el impacto que puede tener —por ejemplo— en trámites migratorios como la Visa M Cónyuge, es importante mencionar que no todas las parejas optan por casarse de manera formal.

En Colombia existe una figura legal que también reconoce y protege a las parejas que conviven de forma estable sin contraer matrimonio: la Unión Marital de Hecho.

A continuación, exploraremos en profundidad en qué consiste, cómo se formaliza, qué derechos otorga y cuáles son sus diferencias clave frente al matrimonio.

  1. ¿Qué es y en qué se diferencia del matrimonio?

La Unión Marital de Hecho (UMH) es la convivencia estable y permanente entre dos personas que forman una familia sin estar casadas. Está reconocida por la ley colombiana y puede generar derechos y obligaciones muy similares al matrimonio, aunque con diferencias clave:

  • Formalidad: El matrimonio es un acto solemne que cambia el estado civil a “casado” de inmediato. La unión libre solo otorga el estado de “compañeros permanentes” cuando se declara ante autoridad competente (notario, juez o centro de conciliación).
  • Obligaciones personales: En el matrimonio existen deberes legales explícitos (fidelidad, cohabitación, ayuda mutua). En la unión libre no están codificados igual, aunque en la práctica suelen cumplirse.
  • Patrimonio: En el matrimonio, la sociedad conyugal nace desde el día del enlace si no hay capitulaciones. En la unión libre, la sociedad patrimonial de hecho se consolida tras 2 años de convivencia desde la declaración.
  • Disolución: El matrimonio requiere un divorcio legal; la unión libre termina cuando cesa la convivencia, aunque si hay bienes comunes, se liquida la sociedad patrimonial mediante notaría o juez.
  1. ¿Cómo se declara la unión marital de hecho?

La UMH solo tiene efectos legales plenos si se formaliza. Esto se puede hacer por tres vías:

  1. En un Centro de Conciliación: se levanta un acta de conciliación con el mismo contenido.
  2. En un Centro de Conciliación: se levanta un acta de conciliación con el mismo contenido.
  3. Por vía judicial (Juez de Familia): cuando no hay acuerdo o uno de los dos niega la unión. El juez, tras pruebas y testimonios, emite sentencia y ordena su inscripción.

📌 En cualquiera de las vías, la unión queda reconocida legalmente y la pareja adquiere el estado civil de compañeros permanentes.

  1. Documentos necesarios

Para declararla ante notario (mutuo acuerdo) se requiere:

  • Documentos de identificación::
    • Colombianos: cédula de ciudadanía.
    • Foreigners: foreigner ID card (cédula de extranjería) or valid passport.
    • Al menos uno debe ser colombiano o extranjero con domicilio en Colombia (pueden pedir prueba de domicilio).
  • Registros civiles de nacimiento::
    • Copias auténticas recientes (menos de 3 meses).
    • Colombianos: con estado civil actualizado.
    • Extranjeros: acta apostillada y traducida. Si hubo matrimonio previo, prueba de divorcio o defunción del cónyuge anterior.
  • Solicitud o minuta de declaración: con fecha de inicio de convivencia, sin impedimentos y solicitando la declaración.
  • Registros de nacimiento de hijos comunes (opcional). Si hay hijos menores con bienes, se debe hacer inventario solemne previo.
  • Poder especial (solo si uno no asiste). Debe autenticarse en Colombia o apostillarse si se otorga desde el exterior.

💡 No se requiere abogado; el trámite es sencillo si los documentos están en regla.

  1. Tiempo mínimo de convivencia
  • No hay tiempo mínimo para declararla: puede hacerse desde el inicio de la vida en común.
  • Sociedad patrimonial: se consolida usualmente tras 2 años de convivencia efectiva desde la declaración.
  1. Beneficios legales

Declarar la unión libre otorga protecciones muy similares al matrimonio:

  • Derechos patrimoniales: tras 2 años, los bienes adquiridos durante la convivencia se presumen de ambos en partes iguales.
  • Seguridad social y pensión: permite afiliar al compañero permanente y acceder a pensión de sobreviviente (cumpliendo requisitos).
  • Derechos hereditarios: el compañero permanente es heredero forzoso, incluso sin testamento.
  • Exoneración de servicio militar: para el compañero varón reconocido como jefe de hogar.
  • Otros beneficios: acceso a seguros, programas de vivienda, facilidades migratorias y reconocimiento como unidad familiar.
  1. Registro y validez
  • En Colombia: no es obligatorio registrarla, pero sí altamente recomendable para garantizar derechos y evitar litigios.
  • En el extranjero: el reconocimiento dependerá de la legislación local; se puede apostillar la escritura para facilitar el proceso.
  • Parejas del mismo sexo: pueden declararla en igualdad de condiciones que las heterosexuales, con los mismos requisitos y beneficios.
  1. Disolución de la unión
  • Personal: basta con que cese la convivencia; no hay un trámite de “divorcio”.
  • Patrimonial: si hay bienes comunes, se debe liquidar la sociedad patrimonial (en notaría por mutuo acuerdo o ante juez si hay desacuerdo).
  • Plazo: se recomienda liquidar dentro del año siguiente a la separación para evitar pérdida de derechos.
  1. Costos aproximados

El trámite suele costar entre $300.000 y $500.000 COP, dependiendo de:

  • El trámite suele costar entre $300.000 y $500.000 COP, dependiendo de:
  • Traducciones oficiales y apostillas (para documentos extranjeros).
  • Posibles servicios de abogado (opcional).

¿Quieres formalizar tu unión libre o casarte en Colombia?

En Nexo Legal podemos acompañarte en cada paso del proceso:

  • Revisión y preparación de documentos.
  • Declaración de unión marital de hecho o matrimonio civil.
  • Trámites notariales y registros.
  • Solicitud de visas para tu pareja (si es extranjera).

Escríbenos hoy mismo y cuéntanos tu caso. Nexo Legal – tu aliado para que tu unión o matrimonio sea válido, seguro y reconocido dentro y fuera de Colombia.

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Las cookies son pequeños ficheros que se instalan en el disco duro o en el navegador del ordenador, tableta, teléfono inteligente o dispositivo equivalente con funciones de navegación a través de Internet y ayudan, entre otras cosas,  a personalizar los servicios del titular de la web, facilitar la navegación y usabilidad a través de ella,  obtener información agregada de los visitantes de la web, posibilitar la reproducción y visualización de contenido multimedia en la propia web, permitir elementos de interactuación entre el usuario y la web o habilitar herramientas.

 

2. AUTORIZACIÓN USO DE COOKIES PROPIAS Y TECNOLOGÍA CLICKSTREAM

El navegador de internet de manera automática recopila la información que el usuario consultó antes de ingresar a nuestra página Web, el tipo de búsqueda que ingresó a nuestro portal el navegador a través del cual realizo la búsqueda entre otras cosas. Con el fin de entender como los visitantes usan nuestro portal y garantizarles una experiencia mejor y más segura de compra y nuestra página Web podrá rastrear las páginas que visitan nuestros usuarios. Por ello se recopila la información usando “Cookies” o TecnologíaStream (Seguimiento de Clics). El usuario acepta los presentes términos y condiciones autorizando la recopilación de las cookies empleadas en su navegación de acuerdo con las condiciones anteriormente mencionadas y a las siguientes:

 

3. AUTORIZACIÓN USO DE COOKIES DE TERCEROS

Trata de la recopilación de datos que es recolectada en nuestro Sitio Web la cual tiene como fin compilar información estadística del usuario mediante el almacenamiento de cookies en el disco duro del visitante. Para recabar dicha información y someterla a un tratamiento estadístico para nuestro Sitio Web y Aplicación, se utilizan los servicios de Google Analytics; ello implica que la recogida y almacenamiento de la indicada información.

 

4. AUTORIZACIÓN COOKIES SUSCEPTIBLES DE IDENTIFICAR AL USUARIO

Únicamente se almacenan de forma agregada y anónima, con el propósito de realizar análisis estrictamente estadísticos sobre el número de visitantes y los contenidos más visitados, y así mejorar el sitio web y aumentar la efectividad de su presencia online. Por lo anterior los usuarios, clientes, usuarios, trabajadores, contratistas y aliados de LA EMPRESA aceptan que conocen que en la recopilación de datos mediante el Sitio Web o aplicaciones móviles podemos acceder a dichos datos.

 

5. TRANSFERENCIA NACIONAL O INTERNACIONAL DE DATOS PERSONALES

El usuario o cliente reconoce y acepta que LA EMPRESA podrá realizar la transferencia de datos a otros responsables del tratamiento cuando así esté autorizado por el titular de la información o por la ley o por un mandato administrativo o judicial.

 

6. PROCEDIMIENTOS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LOS TITULARES

Los procedimientos para que los titulares de los datos puedan ejercer los derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir información o revocar la autorización de la presente política serán los detallados en la Política de Protección y manejo de Datos.

 

6.1. PERSONAS LEGITIMADAS A EJERCER DERECHOS:

  • Por el Titular, quien deberá acreditar su identidad en forma suficiente por los distintos medios que le ponga a disposición el responsable.
  • Por sus causahabientes, quienes deberán acreditar tal calidad.
  • Por el representante y/o apoderado del Titular, previa acreditación de la representación o apoderamiento.
  • Por estipulación a favor de otro o para otro.
  • Los derechos de los niños, niñas o adolescentes se ejercerán por las personas que estén facultadas para representarlos.

 

6.2. DERECHO DE ACCESO:

Periodicidad: Al menos una vez cada mes calendario y/o cada vez que existan modificaciones sustanciales de las Políticas de Tratamiento de la información que motiven nuevas consultas.

 

6.3. ACTUALIZACIÓN, RECTIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN

Medios: Todas las consultas y reclamos a LA EMPRESA se podrán realizar a través de los siguientes mecanismos: