Rentas de fuente nacional y extranjera: guía 2026 para residentes fiscales en Colombia

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¿Eres residente fiscal en Colombia y tienes ingresos fuera del país? Aprende cómo la DIAN clasifica rentas nacionales y extranjeras en 2026 y evita pagar de más.

Tabla de Contenido

¿Eres extranjero viviendo en Colombia y te sientes confundido con tus impuestos internacionales? Tranquilo, no estás solo.

Entender la diferencia entre rentas de fuente nacional y rentas de fuente extranjera es clave para cumplir correctamente con la DIAN sin pagar de más.

En esta guía, cercana pero profesional, te explicamos con ejemplos prácticos cómo distinguir ingresos nacionales de ingresos del exterior, qué criterios usa la DIAN en 2026 para clasificarlos y qué ingresos grava Colombia —o no— según si eres residente fiscal en Colombia o no.

Vamos a resolver tus dudas de forma clara y directa.

¿Qué son las rentas de fuente nacional y las rentas de fuente extranjera?

Antes de entrar en detalles, aclaremos los conceptos básicos. La ley tributaria colombiana clasifica todos los ingresos como de fuente nacional o de fuente extranjera.

En términos simples:

  • Los ingresos de fuente nacional son los que se generan en Colombia.
  • Los ingresos de fuente extranjera son los que se generan fuera del país.

Veamos cada uno con más detalle.

Renta de fuente nacional (ingresos nacionales)

Una renta de fuente nacional es cualquier ingreso que tiene su origen dentro del territorio colombiano.

La normativa vigente establece que se consideran de fuente nacional los ingresos provenientes de la explotación de bienes materiales o inmateriales dentro del país y de la prestación de servicios en el territorio colombiano.

En otras palabras, si el dinero se obtiene gracias a un bien ubicado en Colombia o a una actividad realizada en Colombia, se trata de un ingreso de fuente nacional.

Algunos ejemplos típicos de rentas de fuente nacional incluyen:

  • Alquileres de propiedades en Colombia Por ejemplo, el arriendo de un apartamento en Medellín.
  • Salarios u honorarios por trabajo realizado en Colombia Si trabajas físicamente en Colombia, incluso para una empresa extranjera, ese ingreso se considera de fuente nacional.
  • Intereses de fuentes colombianas Rendimientos de cuentas bancarias en Colombia o préstamos otorgados en el país.
  • Dividendos de empresas colombianas Utilidades pagadas por sociedades domiciliadas en Colombia.
  • Pagos del gobierno colombiano Si el Estado colombiano paga por un servicio, el ingreso se considera nacional, incluso si el servicio se prestó fuera del país.

En resumen, todo ingreso generado gracias a activos, actividades o pagadores ubicados en Colombia es renta de fuente nacional. Estos ingresos están sujetos a impuesto en Colombia por el solo hecho de originarse en el país, sin importar si quien los recibe es residente fisca en Colombia o no.

Renta de fuente extranjera (ingresos del exterior)

Por contraste, se considera renta de fuente extranjera todo ingreso que se origina fuera de Colombia.

En términos generales, son ingresos provenientes de:

  • Bienes ubicados en el exterior

  • Actividades o trabajos desarrollados fuera de Colombia

  • Servicios prestados fuera del territorio colombiano

Algunos ejemplos comunes de rentas de fuente extranjera son:

  • Salarios por trabajo realizado en el exterior Si trabajas físicamente en otro país, ese ingreso es extranjero.
  • Alquiler de inmuebles fuera de Colombia Por ejemplo, la renta de un apartamento en España.
  • Intereses de cuentas o inversiones en el exterior Rendimientos de cuentas bancarias extranjeras o bonos internacionales.
  • Pensiones pagadas por otro país Pensiones de jubilación otorgadas por gobiernos o empresas extranjeras.

En pocas palabras, si el ingreso se genera gracias a un activo, negocio o actividad fuera de Colombia, la DIAN lo considera ingreso de fuente extranjera.

Estos ingresos solo serán gravados en Colombia si la persona es residente fiscal en Colombia- Si no lo es, la DIAN no los grava, aunque sí pueden estar sujetos a impuestos en el país de origen.

¿Cómo determina la DIAN si un ingreso es nacional o extranjero?

La DIAN no se fija en tu nacionalidad, sino en dónde, cómo y gracias a qué se genera el ingreso.

En 2026, los principales criterios que analiza son:

1. Ubicación del bien o activo

Si el ingreso proviene de un bien ubicado en Colombia, es fuente nacional. Si el bien está en el exterior, es fuente extranjera.

2. Lugar donde se realiza la actividad o servicio

Si el trabajo o servicio se presta físicamente en Colombia, el ingreso es nacional, incluso si el pagador está en otro país.

Ejemplo: un freelancer que presta servicios desde Medellín a clientes en Estados Unidos genera ingresos de fuente nacional.

Si el servicio se presta fuera de Colombia, el ingreso será de fuente extranjera.

3. Quién paga o dónde se aprovecha el servicio

En algunos casos, importa quién paga o dónde se explota el resultado del servicio.

Por ejemplo, en:

  • Si el pagador es el Estado colombiano, se considera renta nacional.

  • Regalías por propiedad intelectual explotada en Colombia se consideran nacionales, aunque el pago venga del exterior.

  • Algunos servicios técnicos ejecutados completamente fuera del país se clasifican como ingresos extranjeros.

En resumen, la DIAN identifica dónde está la fuente económica real del ingreso.


Si está en Colombia, es renta colombiana. Si está fuera, es renta extranjera, salvo excepciones expresas.

¿Qué ingresos grava la DIAN si eres residente fiscal en Colombia?

Aquí está uno de los puntos más importantes para los extranjeros.

Si eres residente fiscal en Colombia

Ser residente fiscal en Colombia no depende de tu visa, sino principalmente del tiempo de permanencia en el país (por ejemplo, 183 días o más en un período de 365 días).

Si eres residente fiscal en Colombia, se te grava por tus ingresos a nivel mundial. Esto significa que debes declarar:

  • Rentas de fuente nacional

  • Rentas de fuente extranjera

Ejemplo: Si vives en Colombia y recibes una pensión del exterior y además tienes ingresos en Colombia, ambos se incluyen en tu declaración de renta colombiana.

Colombia tiene mecanismos para evitar la doble tributación, pero el principio general es claro: residente fiscal en Colombia = tributación sobre ingresos nacionales y extranjeros.

Si NO eres residente fiscal en Colombia

Si no cumples los requisitos de residencia fiscal, solo tributas en Colombia por rentas de fuente nacional.

Esto significa que:

  • Declaras y pagas impuestos solo por ingresos generados en Colombia.

  • Tus ingresos del exterior no se declaran ni tributan en Colombia.

Ejemplo: Un extranjero no residente con una propiedad arrendada en Colombia paga impuestos por ese arriendo, pero no por sus ingresos del exterior.

Resumen clave

  • Las rentas de fuente nacional se gravan siempre en Colombia.

  • Las rentas de fuente extranjera solo se gravan si eres residente fiscal en Colombia.

Por eso, definir correctamente tu estatus fiscal es fundamental.

Ejemplo práctico: pensión de EE. UU. y arriendo en Medellín

Supongamos a John, ciudadano estadounidense, jubilado, con una pensión de EE. UU. y un apartamento arrendado en Medellín.

Si John es residente fiscal en Colombia

  • Declara la pensión (fuente extranjera).

  • Declara el arriendo (fuente nacional).

  • Puede aplicar créditos o mecanismos para evitar doble tributación.

Si John NO es residente fiscal en Colombia

  • Solo tributa por el arriendo en Medellín.

  • La pensión de EE. UU. no se declara ni paga impuestos en Colombia.

Mismo ingreso, resultado tributario completamente distinto.

Preguntas frecuentes (FAQs)

¿Si vivo en Colombia, debo declarar mis ingresos del extranjero?

Solo si eres residente fiscal en Colombia. Si no lo eres, solo tributas por ingresos de fuente nacional.

¿Colombia cobra impuestos sobre las pensiones del extranjero?

Sí, solo si eres residente fiscal en Colombia. Las pensiones del exterior están exentas hasta aproximadamente USD 149.000 anuales (valor que puede variar según TRM). Si superan ese monto, el excedente puede estar gravado.

¿Cómo se evita la doble tributación internacional?

A través de:

  • Convenios de doble tributación (cuando existen).

  • Crédito por impuestos pagados en el exterior.

Esto evita pagar dos veces por el mismo ingreso.

¿Debo pagar impuestos en Colombia por un apartamento arrendado en el extranjero?

Solo si eres residente fiscal en Colombia. Si no lo eres, Colombia no grava ese ingreso.

¿Necesitas asesoría?

Si tienes ingresos en Colombia y en el exterior, una mala clasificación puede costarte sanciones, intereses o pagos innecesarios.

En Nexo Legal somos expertos en tributación colombiana para extranjeros. Te ayudamos a estructurar correctamente tus ingresos, cumplir con la DIAN y optimizar tu carga fiscal.

📩 Contáctanos y recibe asesoría personalizada para disfrutar de Colombia con tranquilidad y sin sorpresas fiscales.

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  • Por el representante y/o apoderado del Titular, previa acreditación de la representación o apoderamiento.
  • Por estipulación a favor de otro o para otro.
  • Los derechos de los niños, niñas o adolescentes, se ejercerán por las personas que estén facultadas para representarlos.

 

6.2. DERECHO DE ACCESO:

Periodicidad: Al menos una vez cada mes calendario y/o cada vez que existan incluidas sustanciales de las Políticas de Tratamiento de la información que motiven nuevas consultas.

 

6.3. ACTUALIZACIÓN, RECTIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN

Medios: Todas las consultas y reclamos de un LA EMPRESA se podrán realizar a través de los siguientes mecanismos: